Trámites administrativos
Aspectos legales
Es la persona física que realiza habitualmente, en nombre propio, por sí o por medio de representantes, una actividad económica constitutiva de empresa (comercial, industrial, servicios, o profesional), adquiriendo la titularidad de las obligaciones y derechos nacidos de esa actividad.
Características
- El/la empresario individual gestiona personalmente la empresa.
- Responde de forma ilimitada con todos su bienes presentes y futuros.
- No se exige un capital mínimo.
- Requiere menos gestiones y trámites de constitución.
- Las empresas pequeñas suelen tener este tipo de constitución.
- Para el/la empresario individual, la inscripción en el Registro Mercantil es potestativa, no obligatoria.
- Los gastos fiscales son según sus beneficios (con un mínimo de 0% y máximo de 45%), pero se encuentran con el inconveniente de que si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos muy elevados, ya que tributan por el IRPF.
Trámites legales para la constitución de la empresa
Administración de Hacienda:
- Declaración Censal y solicitud del C.I.F.: la declaración censal es, básicamente; un resumen de la situación tributaria en la que se encuentra la empresa (Mod.036).
- Alta de Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): tributo directo de carácter real cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas. A partir del 2003 están exentas de pago pero no de presentación la pymes (pequeñas y medianas empresas).
Tesorería Territorial de la Seguridad Social:
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónonomos.
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. ( en el caso de que contrate a trabajadores).
- Alta en un sistema de cobertura de riesgos de accidentes y enfermedad profesional. (en el caso de que contrate a trabajadores).
- Alta y afiliación de los trabajadores a la Seguridad Social. (en el caso de que contrate a trabajadores).
Ayuntamiento:
- Licencias de Obras. ( si el empresario tiene necesidad de llevar a cabo cualquier tipo de obra).
- Licencia municipal de Apertura.
- Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
- Comunicación de apertura de centro de trabajo.
- Obtención y legalización del libro de Visitas.
- Obtención y legalización del Libro de Matricula del personal. ( en el caso de que contrate a trabajadores).
Otros trámites:
(Alta de agua, electricidad, teléfono...)
Obligaciones fiscales:
Hay que señalar que en el desarrollo de la actividad empresarial habrá de cumplir con las siguientes obligaciones de carácter tributario:
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE): impuesto directo cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas.
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
Pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Declaraciones trimestrales por rendimientos (4 liquidaciones trimestrales al ejercicio. Pagos fraccionados renta, Estimación Directa. y Estimación Objetiva).
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF Anual): impuesto directo y personal por los rendimientos que se obtienen (mod. 100,101 ó 103).
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido(IVA): Impuesto indirecto que grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios. Mod. 300 y Mod. 390.
Libros obligatorios a efectos del IVA:
- Libro registro de facturas emitidas.
- Libro registro de facturas recibidas.
- Libro registro de bienes de inversión.
Estos libros no son obligatorios para los sujetos pasivos acogidos a los siguientes regímenes especiales de IVA:
Régimen de Recargo de Equivalencia.
Régimen de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Régimen Simplificado.
- Declaración anual de operaciones con terceros: esta declaración es informativa, ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), en la cual se relaciona las operaciones económicas de >3.000 € que el sujeto pasivo ha tenido con terceras personas durante el ejercicio. (Mod. 347).
Obligaciones Contables
Libros obligatorios: Dependerá del Régimen Fiscal a que esté sometido el empresario individual (autónomo).
Obligaciones Laborales
- Documento de cotización a la Seguridad Social/Régimen General: (en el caso de que contrate a trabajadores).
- Documentación de cotización a la Seguridad Social/Régimen especial de Autónomos.
- Obtención del Calendario y horario laboral.