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Subvenciones para autónomos

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Subvenciones para autónomos

La Diputación Provincial de Málaga publica el Extracto del Decreto de Presidencia  4115, de 26 de mayo de 2023, de aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar el emprendimiento y la consolidación del empleo autónomo de municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, anualidad 2023.

Enlace al extracto: https://www.dropbox.com/s/k21yf86k9a4k86d/Extracto%20ayudas%20emprendimiento%202023.pdf?dl=0

Enlace a la convocatoria: https://www.dropbox.com/s/lh858e43bis3kq8/Convocatoria%20Aut%C3%B3nomos%202023%20Decreto%20Presidencia%202023-4115.pdf?dl=0

Enlace a las bases reguladoras: https://www.dropbox.com/s/al1ka3k3zhxcgzw/Aprobaci%C3%B3n%20Bases%20JG%201_2_2_EMPLEO.pdf?dl=0

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones los/las trabajadores/as autónomos/as y profesionales de municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, que presenten solicitud mediante el formulario del trámite específico habilitado en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga o mediante el modelo normalizado (anexo IV de solicitud), conforme a lo establecido en el artículo 7 de la convocatoria, y que cumplan los siguientes requisitos previstos en las bases reguladoras y convocatoria: 

a) Residir en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga. 

b) Desarrollar su actividad económica en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga. 

c) El alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as (RETA), o tratándose de trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional con mutualidad alternativa, el alta en la mutualidad, se haya producido y se mantenga de forma ininterrumpida entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de solicitud de la subvención. 

d) El alta en la actividad económica (IAE) se haya producido y se mantenga de forma ininterrumpida en la misma actividad entre el 1 de enero de 2019 y la fecha de solicitud de la subvención. 

e) Permanecer de alta en RETA o mutualidad, y en IAE de forma ininterrumpida durante el periodo subvencionado. Durante este periodo deberá mantenerse el alta en la misma actividad para la que se le concede la subvención, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la convocatoria. 

f) No haber sido condenado/a por sentencia judicial firme o sancionado/a por la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias, en el plazo de los dos años previos a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención.

g) Cumplir con los requisitos fijados en la convocatoria, y los establecidos con carácter general en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, y presenten la oportuna solicitud de subvención.

 

Importe:

El importe fijo de la subvención a solicitar es de 3.000,00 euros.

 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el extracto previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Documentación a aportar

1. Documentación a presentar para la solicitud de subvención: 

1.a) A efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 de la convocatoria: 

Copia de DNI, NIF o NIE (número de identidad de extranjeros) en vigor. En el caso de ciudadanos/as comunitarios/as que no tengan NIE, o este no se encuentre en vigor, presentarán copia del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y copia del documento nacional de identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor. 

Certificado/informe de empadronamiento, con objeto de acreditar el municipio de residencia, cuya fecha de emisión no puede tener una antigüedad superior a diez días hábiles a la fecha de solicitud. 

Certificado de situación censal, con objeto de acreditar el municipio en el que se realiza la actividad económica, menor de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, a cuyos efectos deberá figurar en el mismo el municipio y la fecha de alta conforme a los artículos 5.1.b) y 5.1.d) de la convocatoria, no pudiendo tener una antigüedad superior a diez días hábiles el documento que acredite el alta a fecha de solicitud. Si en la documentación aportada no figurara ningún municipio, constara un municipio mayor de 20.000 habitantes para la misma actividad económica, o se indicara que la actividad se realiza en la provincia de Málaga sin especificar municipio, la solicitud será excluida. 

Duplicado de la resolución del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el caso de los/as trabajadores/as pertenecientes a un colegio profesional con mutualidad alternativa, resolución del alta en la mutua, debiendo contener las fechas de altas previstas en el artículo 5.1.c) de la convocatoria, no pudiendo tener una antigüedad superior a diez días hábiles el documento que acredite el alta a fecha de solicitud. 

Informe de vida laboral, o documento acreditativo para mutualistas, con antigüedad máxima de diez días hábiles a la fecha de presentación de la solicitud de subvención. 

1.b) A efectos de acreditar la pertenencia del/la autónomo/a o profesional a uno o varios de los siguientes colectivos prioritarios y con especiales dificultades de acceso al mercado laboral se deberá presentar: 

– La situación de mujeres víctimas de violencia de género quedará acreditada con sentencia condenatoria por delito de violencia de género, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de que la persona demandante es víctima de violencia de género. 

– Personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33 %. Certificado/informe de discapacidad expedido por la Administración Pública competente.

 

Plazo de solicitud:

 

Desde el 13 de junio al 03 de julio de 2023

 

Importante: para solicitar la subvención es necesario el certificado digital de la persona solicitante